Los profesionales, constructores, entidades públicas, privadas, centros educativos y la ciudadanía podrán realizar sus aportes,
A los diferentes capítulos de la Norma Ecuatoriana de la Construcción (NEC10), que fueron presentados, para su socialización, por parte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Cámara de la Construcción de Quito, el 19 de octubre.
Esta normativa contempla requisitos mínimos que se deberán observar al momento de realizar los diseños, al construir y controlar la ejecución de las obras. Esto permitirá mejorar la calidad de las edificaciones e infraestructura, aspecto por demás necesario por encontrarse nuestro país en una zona de alto riesgo, especialmente sísmico.
El sustento jurídico de la elaboración de éste Código se encuentra en el Decreto Ejecutivo No.3970 del 15 de julio de 1996, mediante el cual se creó el Comité Ejecutivo del Código Ecuatoriano de la Construcción, el mismo que está integrado por el Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda quien lo preside, Secretaría Nacional de Riesgo, Secretaría de Investigación y Desarrollo Tecnológico, los Presidentes de la Federación de Cámaras de la Construcción, Colegio de Ingenieros Civiles del Ecuador y la Sociedad de Ingeniería Estructural.
Para el desarrollo de sus actividades se cuenta con el Comité Técnico y Subcomités para cada una de las áreas consideradas en el Código y la participación de sus integrantes es el resultado de la convocatoria realizada a nivel nacional, especialmente a la Facultades de Ingeniería y Arquitectura y a los gremios relacionados, hecho que permitió juntar a reconocidos técnicos e investigadores de institutos de educación superior del país principalmente de Loja, Cuenca, Guayaquil y Quito y consultores particulares especializados, nacionales y extranjeros.
La primera acción de éste Comité Ejecutivo concluye con la elaboración del documento sobre "Sismisidad del Ecuador y Determinación de Parámetros de Diseño" que está en vigencia desde el año 2000. Este trabajo determina el primer mapa de regionalización sísmica del país.
La segunda tarea del Comité Ejecutivo se inicia con el Convenio de Cooperación Institucional suscrito el 11 de diciembre del 2008, el Adendum del 15 de abril del 2009 y el Convenio Específico del 22 de junio del 2009, entre el MIDUVI y la Cámara de la Construcción de Quito, mediante los cuales el Gobierno Nacional a través del MIDUVI aporta con los recursos económicos que demande su elaboración y la Cámara se encarga de la administración del proyecto.
En ésta segunda fase se considera la revisión y actualización del capítulo sobre sismicidad y la elaboración y actualización de las normas sobre cargas y materiales, hormigón armado, hormigón pretensado, estructuras metálicas, mampostería estructural, instalaciones electromecánicas, evaluación de estructuras existentes, estructuras de madera, seguridad de vida, energías renovables, eficiencia energética y materiales alternativos.
Es de señalar que ésta normativa se orienta a considerar la realidad local sin descuidar los avances tecnológicos a nivel internacional.
Una vez que ha concluido la mayor parte de la elaboración de los borradores de los diferentes capítulos de éste Código y con la finalidad de dar inicio al proceso de socialización, aspiramos que los aportes que se hagan en esta fase permitan enriquecer el trabajo hasta hoy efectuado.
El mecanismo para recibir estos aportes principalmente está previsto efectuarlo a través de la página web: www.normaconstruccion.ec
Todos estos aportes serán procesados y analizados para la elaboración del documento final, el mismo que por las características de estas normativas son documentos dinámicos que debido a la experiencia de su aplicación y al avance tecnológico, permanentemente se van perfeccionando.
La tarea no concluye con la elaboración de esta norma, su aplicación requiere de llevar adelante un proceso de concientización y capacitación, para lo cual se realizará una campaña a nivel nacional que estará orientada a promover la necesidad de mejorar la calidad de las edificaciones y, sobre todo, a proteger la vida de la gente.
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